Morena propone multar a moderadores de debates que no sean imparciales
Plantean sancionar con más de 51 mil pesos a moderador que se muestren ríspido, irreverente, agresivo y descortés con alguno de los participantes
México
La diputada federal Reyna Celeste Ascencio Ortega, propuso que las autoridades electorales impongan sanciones a los moderadores que no sean imparciales durante los debates electorales.
Planteó reformas al artículo 218 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE), para sancionar hasta con 51 mil 870 pesos si algún moderador se muestra ríspido, irreverente, agresivo y descortés con alguno de los participantes en los debates.
Al fundamentar su iniciativa de reformas legales, la legisladora del partido Morena, explicó que este tipo de inclinaciones a favor o en contra de algún candidato o candidata ya ocurrió en el pasado debate de las aspirantes al gobierno del Estado de México.
Reyna Celeste Ascencio aseguró que la moderadora (Ana Paula Ordorica) adoptó una posición parcial evidente y notoria en favor de una participante, lo que puso en tela de juicio la legitimidad de la organización de estos eventos, pues la posición de la moderadora, y su protagonismo empañó totalmente al debate.
Remarcó que esa abierta parcialidad y falta de profesionalismo fue un hecho inédito y lamentable en la democracia mexicana, que no debe repetirse.
Propuso que las autoridades electorales con base en el principio de profesionalismo, pueda intervenir y llamar al orden a la moderadora o moderador para que actúe con imparcialidad.
La diputada morenista Reyna Celeste Ascencio señaló que la función del moderador en un debate electoral debe ser un árbitro imparcial, dirigir y organizar las exposiciones de los candidatos, incluso cuestionar fuertemente a los candidatos, pero debe hacerlo por igual.
Dijo que con las modificaciones al artículo 218 de la (LEGIPE) se atribuye expresamente a la autoridad electoral la obligación de garantizar la imparcialidad de la moderadora o moderador del debate a fin de no afectar la equidad electoral.
Y que, en caso de una notoria parcialidad ilícita en la moderación del debate, la autoridad electoral podrá llamar al orden a la moderadora o moderador, apercibiéndole de ser sancionada o sancionado.