Determina SCJN integrar Comisión Especial de Búsqueda de integrantes de EPR
El fallo aprobado por el máximo tribunal fija un estándar de prueba para acreditar la desaparición forzada
México
En un hecho sin precedentes la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emplazó a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), la Secretaría de Gobernación (Segob), la Fiscalía General de la República (FGR) y la Comisión Nacional de Búsqueda (CNB) tomen acciones para dar con el paradero de Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez, militantes del Ejército Popular Revolucionario (EPR), quienes desaparecieron a manos de militares y policías estatales, en mayo de 2007.
Por tres votos contra uno la primera sala del máximo tribunal aprobó el proyecto de la ministra Margarita Ríos Farjat, para amparar a la familia de las víctimas, resolución que obliga a las autoridades federales a integrar una comisión especial de búsqueda, junto con especialistas y abogados propuestos por los hijos de los desaparecidos.
La determinación señala que 30 días después de que sean notificados oficialmente, la FGR debe dar a conocer una versión pública de la carpeta de investigación que inició sobre este caso, en tanto que la Sedena deberá autorizar el acceso de la comisión investigadora a todas las instalaciones militares donde se sospeche hay algún indicio para localizar a las víctimas.
Esta decisión de la Corte tiene su fundamento en la resolución de la propia Corte, que en junio del año pasado señaló que las acciones urgentes emitidas por el Comité de Desaparición Forzada de las Naciones Unidas son obligatorias para todas las autoridades del Estado mexicano.
Luego de conocer el fallo, Nadine Reyes, hija de Edmundo Reyes, demandó que las acciones de búsqueda que se emprenderán a raíz de este fallo partan de la presunción de vida de los desaparecidos.
"Nosotros ya lo decíamos realizar una búsqueda que parta de la presunción de vida como nosotros lo hemos hecho durante estos 15 años tiene que también contar con la expertiz de expertos para nosotros de manera independiente que puedan realizar esas labores de búsqueda en esos lugares de detención como son los campos militares. Nosotros estamos pensando también en órganos independientes, expertos independientes que puedan hacer esta labor de búsqueda será algo que tendremos que revisar como familiares con nuestros acompañantes también", dijo la activista.
En conferencia de prensa, en el plantón que familiares y simpatizantes de la causa de las víctimas mantienen frente a la SCJN, Sandino Rivero abogado de los desaparecidos, explicó que más allá del caso en particular, el fallo aprobado por el máximo tribunal fija un estándar de prueba para acreditar la desaparición forzada y establece que mediante un juicio de amparo se pueden fijar medidas de reparación del daño cuando hay violaciones a los derechos humanos.
"Por regla general en el juicio de amparo no se pueden dictar medidas de reparación integral de daño como en este caso fue la excepción, el precedente es que en casos de violaciones graves de derechos humanos como la desaparición forzada podríamos hablar también de tortura, podríamos hablar de desplazamiento forzado cuando mediante un juicio de amparo se reclamen violaciones graves a derechos humanos os jueces van a poder ordenar medidas de reparación integral del daño, ese es el primer precedente que se establecería en este punto y el segundo es un estándar de prueba para acreditar la desaparición forzada en los juicios amparo, en este caso el estándar de prueba es atenuado", explicó el litigante.