Panaut era violatorio de derechos humanos: Ministra Norma Lucía Piña
Padrón permitía recabar masivamente datos personales y sensibles de los que “no había salvaguarda”, afirma la ministra de la SCJN
Con mayoría de 9 votos a favor del proyecto en sus términos, el pleno de la SCJN declaró inválido el padrón telefónico con datos biométricos, conocido como el PANAUT
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El padrón se establecido en 2019 conocido como Panaut no se ha implementado, y se elimina; en él no había salvaguarda para la protección de esos datos, así lo señaló la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) Norma Lucía Piña
En entrevista para "Así las Cosas" con Gabriela Warkentin y Javier Risco, la ministra detalló que derivado de una acción del INAI y diputados, la SCJN determinó eliminar el padrón debido a que afecta la vida privada, presunción de inocentes y derechos de los niños.
Puntualizó que el padrón era violatorio de los derechos humanos, ya que permitía recabar datos personales y sensibles masivamente que afectan la intimidad, como nacionalidad, preferencias sexuales ý datos biométricos, que pasaba al Estado a través del INAI, y podían ser solicitados por las autoridades de seguridad y procuración de justicia.
Además, dijo "no había salvaguarda para la protección de esos datos, si tienes derecho a que tus datos estén protegidos constitucionalmente, no había límite temporal y afectaba diversos derechos humanos", pues cualquier persona que requería de una línea telefónica debía entregar esos datos.
Para la resolución detalló que las normas pasan una prueba de proporcionalidad ante la SCJN, que mide si la norma tiene un fin constitucional, en el caso del Panaut si lo tenía, además de la idoneidad, sin embargo, no pasó la tercera prueba que es el respeto a los derechos de las personas, concluyó.