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  • 04 DIC 2025, Actualizado 07:10

Lenia Batres quiere UIF en esteroides: propone bloqueo de cuentas sin jueces ni indagatorias

El proyecto de la ministra busca borrar jurisprudencias claras que ponían ciertos controles al bloqueo de cuentas por parte de la UIF. Expertos advierten regresión y riesgos serios.

Lenia Batres quiere UIF en esteroides: propone bloqueo de cuentas sin jueces ni indagatorias

La ministra de la Corte, Lenia Batres Guadarrama, quiere que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) pueda bloquear cuentas bancarias sin necesidad de órdenes judiciales y sin que, al menos como ocurría hasta ahora, hubiera una petición expresa de alguna autoridad internacional para llevarlo a cabo.

Así lo establece su proyecto de resolución derivado del amparo en revisión 6320/2024 el cual está programado para discutirse este jueves ante el pleno de la Suprema corte de Justica de la Nación (SCJN).

El proyecto propone interrumpir dos jurisprudencias establecidas durante la década pasada que limitaban las facultades de la UIF. Estas restricciones establecían que el bloqueo de cuentas (técnicamente llamado “inclusión en la lista de personas bloqueadas”) solo era constitucional cuando derivaba de compromisos internacionales con petición expresa de gobiernos extranjeros o cuando hubiera orden judicial.

De aprobarse, la UIF —organismo adscrito a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público— podría actuar de manera autónoma cuando detecte “indicios” de operaciones con recursos de procedencia ilícita, financiamiento al terrorismo o lavado de dinero, sin necesidad de supervisión judicial previa o petición extranjera. Tampoco será necesario que dichos indicios formen parte de una carpeta de investigación penal.

Lo anterior bajo el argumento de que el bloqueo de cuentas es una medida de carácter “administrativo” o un acto de molestia, pero no una sanción por adelantado. Ello, aunque en los hechos, significaría limitar el acceso de una persona a sus propios recursos.

El documento argumenta que el criterio anterior “es excesivamente formalista y contraviene la soberanía nacional”, pues se subestima e inhibe la capacidad del Estado mexicano para implementar medidas preventivas autónomas en el combate al lavado de activos”.

Además, el proyecto de la ministra Batres sostiene que la limitante del requisito judicial o de la petición de autoridad extranjera priva a la UIF de sus capacidades preventivas y de establecer medidas temporales revisables.

Y complica la defensa vs ello

El proyecto de la ministra Batres establece que la UIF tampoco estará obligada a dar una audiencia previa a la persona afectada antes de incluirla en el listado de personas bloqueadas del sistema financiero. Ello siguiendo la misma pauta de que se trata, únicamente, de un acto de molestia.

Además, se revierte la carga de la prueba hacia los afectados. De modificarse el criterio legal, los bloqueos solo podrían revertirse si las personas afectadas acreditan plenamente el origen lícito de los recursos.

El proyecto justifica esta ampliación de facultades citando la reforma a la Ley de Amparo publicada en octubre de 2025, que destaca “la necesidad para fortalecer la capacidad del Estado mexicano para investigar y contener el flujo de recursos de origen ilícito”.

Batres contrasta el contexto actual con el origen de las jurisprudencias anteriores: “dicho criterio se originó en un contexto de políticas gubernamentales proteccionistas hacia los capitales privados. En cambio, dice el proyecto, la actual orientación estatal prioriza la igualdad y la justicia social”.

Preocupa a expertos regresión

Constitucionalistas y expertos en derecho han expresado en diversos medios de comunicación y en sus redes sociales personales su preocupación por las implicaciones de esta propuesta.

La abogada Andrea Rovira, vicepresidenta del Ilustre y Nacional Colegio de Abogados (INCA), advirtió que la capacidad que tiene la UIF de incluir a alguien en la Lista de Personas Bloqueadas nació como mecanismo administrativo preventivo, vinculado a estándares internacionales.

Indicó que en su concepción clásica y bajo la interpretación de la SCJN, su uso estaba restringido a situaciones excepcionales derivadas de obligaciones internacionales, con prioridad del debido proceso.

“Sin embargo, el nuevo proyecto en discusión pretende otorgar a la UIF un poder casi absoluto, eliminando controles esenciales de justicia, lo que implica un retroceso institucional significativo.  De aprobarse el nuevo proyecto, México se arriesga a institucionalizar un instrumento de sanción administrativa masiva —sin controles— incompatible con el Estado de Derecho, indicó Rovira a nombre del Colegio de Abogados.

José Mario de la Garza Marroquin, abogado y presidente de la Asociación Civil,e Perteences, también advirtió en sus redes del riesgo de aprobar este proyecto que “derrumba jurisprudencias previas” dejando en segundo plano aspectos como la seguridad jurídica, el patrimonio y el derecho al trabajo.

“México necesita combatir el crimen financiero, pero no a costa de normalizar medidas que pueden funcionar como castigos anticipados sin juez. Este proyecto reconfigura la relación entre ciudadanía y Estado: amplía la mano de la autoridad y reduce el espacio de defensa de cualquier persona”, señalo en su publicación.

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