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  • 13 NOV 2025, Actualizado 03:44

Estudiante en Zacatecas crea con IA catálogo con imágenes manipuladas de 400 compañeras; esto dice la Ley Olimpia

La Fiscalía de Zacatecas investiga a un menor de 14 años por crear y compartir imágenes alteradas con inteligencia artificial de 400 de sus compañeras

Jóvenes estudiantes de secundaria identificaron imágenes suyas transformadas en material sexual explícito con inteligencia artificial en Zacatecas.

Jóvenes estudiantes de secundaria identificaron imágenes suyas transformadas en material sexual explícito con inteligencia artificial en Zacatecas.

Un estudiante de apenas 14 años de edad de la Escuela Secundaria Técnica Número 1 de Zacatecas es presuntamente el autor intelectual de un catálogo que incluye fotos explícitas alteradas con inteligencia artificial de alrededor de 400 de sus compañeras, mismas que, con ayuda de otros de sus compañeros, habrían sido difundidas masivamente a través de redes sociales.

Ante la identificación de estas imágenes por parte de varias alumnas en internet, la Fiscalía General de Justicia del Estado de Zacatecas abrió una investigación por el delito contra la intimidad sexual, después de que padres de las víctimas exigieran el pasado viernes la renuncia del director de la escuela por omisión ante las denuncias que fueron presentadas al respecto.

De acuerdo con información publicada por el periodista de El País, Andrés Rodríguez, el joven habría alojado dicho material en la nube, algunas de ellas animadas para video, constituyendo material pornográfico, que, según detalla, incluso estaba clasificado por nombre y grado escolar.

Autoridades de la Fiscalía estatal decomisaron el dispositivo que contiene dicho contenido y entrevistaron a uno de los presuntos responsables.

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Escuela Secundaria Técnica Número 1 de Zacatecas.

¿Qué dice la Ley Olimpia en Zacatecas?

Aunque las autoridades aún no han determinado sanciones, la Ley Olimpia establece claramente que atenta contra la intimidad sexual quien videograbe, fotografíe, elabore, exponga o difunda contenido sexual íntimo real o simulado de una persona sin su consentimiento o mediante engaño, ya sea por redes sociales o cualquier medio tecnológico.

En Zacatecas, esta ley está tipificada en el artículo 232 Ter del Código Penal del Estado, que contempla una pena de 4 a 8 años de cárcel y una multa de entre 100 y 200 veces el valor diario de la UMA. Es decir, la sanción económica podría alcanzar entre $11,314 y $22,628 pesos, además del tiempo en prisión correspondiente.

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¿Qué dice la Ley Olimpia en Zacatecas?

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