Aprueba Morena Ley de Amparo en el Senado
Con 70 votos a favor y 39 en contra, el Senado aprobó la reforma Ley de Amparo, que limita suspensiones provisionales y redefine el interés legítimo, además de introducir cambios en materia fiscal.

Con 70 votos en favor y 39 en contra, el Senado aprobó esta madrugada en lo general y en lo particular la reforma Ley de Amparo que impulsó la presidente de México, Claudia Sheinbaum.
Con la reforma, la Ley será retroactiva y limitará la suspensión provisional, el interés legítimo y ninguna decisión fiscal podrá ser frenada hasta que concluya en definitiva el juicio.
Con esta reforma se modifican la Ley de Amparo, el Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA).
¿Qué cambios introduce la reforma a la Ley de Amparo?
Entre los cambios más relevantes destaca la precisión del concepto de interés legítimo, que podrá ser de carácter individual o colectivo, sin que sea necesario que la lesión sea “actual” ni que el beneficio derivado del amparo sea “directo”.
En materia fiscal, la iniciativa define con mayor claridad los medios de garantía para obtener la suspensión en juicios de amparo contra actos de cobro de créditos fiscales firmes.
En el debate, la priista Carolina Viggiano criticó la reforma, señalando que debilita el acceso a la justicia, restringe la protección de los ciudadanos frente a abusos de poder y favorece a autoridades y grandes intereses.
“En conclusión, dejan al pueblo desamparado, ahora van a proteger al pueblo, van a proteger al gobierno o a los poderosos del pueblo bueno”, advirtió.
Por su parte, Clemente Castañeda, coordinador de Movimiento Ciudadano, presentó una moción suspensiva para detener la discusión, la cual fue rechazada.
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¿Qué argumentos dieron a favor de la reforma?
La senadora Guadalupe Murguía, de Acción Nacional, coincidió en que la reforma concentra poder en las autoridades, limita la protección a pequeños contribuyentes y debilita la suspensión del acto reclamado.
“Imaginemos una persona que tiene una casa y que en esa casa se tiene que construir un parque, por lo que la casa tiene to ser demolida. Entonces, al promover un amparo, el juez, toda vez que se trata el parque de un acto de interés social, no podría decretar la suspensión del acto reclamado. Y entonces el quejoso, aunque gane el amparo, pues ya simplemente la casa está demolida”, señaló.
En contraste, el senador Javier Corral, presidente de la Comisión de Justicia y miembro de Morena, afirmó que la reforma es producto de un proceso plural y transparente, con audiencias públicas y la participación de especialistas y sociedad civil.
“Este dictamen es fruto de un trabajo legislativo serio, informado y plural. Fortalece al juicio de amparo sin desnaturalizarlo. Lo moderniza sin excluir a nadie. Lo hace más eficiente sin sacrificar garantías”, afirmó.
Explicó que moderniza el juicio de amparo mediante herramientas digitales, lo hace más ágil y eficiente, refuerza su carácter garantista y establece plazos claros y sanciones para evitar dilaciones, sin afectar a los ciudadanos.
ahz.