Seguirán obras de la Línea 7 del Metrobús; juez prohíbe talar más árboles
El juzgador federal determinó que se deberá respetar en todo momento la protección del patrimonio ambiental e histórico
México
Un juez federal dio su aprobación para que se dé continuidad a los trabajos de construcción de la ruta del Metrobús que correrá de Indios Verdes a la Fuente de Petróleos, cuyas obras en Paseo de la Reforma se habían suspendido.
El Juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa, Fernando Silva García, resolvió que es posible continuar con la construcción del Metrobús Reforma, toda vez que las autoridades de la CDMX obtuvieron la autorización general del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), con lo que regularizaron la situación legal de las obras en ese aspecto.
Es importante destacar reconoció que la construcción comenzó sin contar con la autorización general del INAH, por lo cual la obra fue suspendida por el Juzgador en su resolución interlocutoria de fecha 9 de junio de 2017, dado que esta situación generaba incertidumbre jurídica respecto a la salvaguarda de las zonas protegidas del Bosque de Chapultepec y del Paseo de la Reforma.
El abogado Rolando Cañas, presidente de la Academia Mexicana de Derecho Ambiental, organización que promovió el amparo contra los trabajos, había dicho que se esperaba una resolución positiva luego de que este miércoles se realizara la audiencia en el juzgado Octavo, si bien el litigio seguirá respecto a dos asuntos de fondo: el potencial daño al medio ambiente y además, el presunto daño al derecho al disfrute del patrimonio histórico.
Por un lado, el Juzgador determinó negar la suspensión definitiva solicitada por la parte quejosa, la AMDA, en relación con el cese total de la construcción de la Línea 7 del Metrobús Reforma, y en cambio determinó que es posible continuar la construcción del carril respectivo y de las estaciones correspondientes en las zonas adyacentes y tangenciales del Bosque y de Paseo de la Reforma, en los términos de la reciente autorización del INAH.
Se dijo que en todo momento el gobierno capitalino debe vigilar que haya cero afectación en las áreas esenciales protegidas, incluso para evitar la tala de árboles, y mínima intervención en las zonas tangenciales o adyacentes, de la Avenida Paseo de la Reforma, del Bosque de Chapultepec, de su periferia y de los demás monumentos que ahí se encuentran.
El juez aclara en su resolución que las autoridades de la CDMX continúan estando obligadas a salvaguardar en todo momento las zonas del Bosque de Chapultepec y la estructura urbana esencial del Paseo de la Reforma, por lo cual determinó que debe seguir rigiendo la concesión de la suspensión definitiva de los actos reclamados para que las autoridades responsables continúen garantizando dichas zonas protegidas.
Finalmente, se reiteró el criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que motivó la decisión del juzgador, misma que dice: "Improcedencia del juicio de amparo. No puede alegarse violación al principio de relatividad de las sentencias y, por ello, sobreseer en el juicio, cuando se actualiza la existencia de un interés legítimo en defensa de un derecho colectivo".