Tribunal Electoral rechaza investigar uso de acordeones en elección judicial
Ratifica que Cuauhtémoc Blanco cometió violencia política de género.

El magistrado Felipe de la Mata Pizaña, dijo que no presentaron pruebas suficientes para demostrar que los acordeones influyeron en el proceso del PJ.
La sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desecho investigar el reparto y uso de los llamados acordeones en la elección judicial del pasado 1 de junio.
Con ello confirmó la resolución del Instituto Nacional Electoral (INE) que había descartado la denuncia presentada por la Asociación Civil Proyecto y Justicia Común el pasado 30 de mayo contra militantes de Morena y diversos funcionarios públicos por la distribución de los acordeones.
Con estos acordeones, según la asociación, no solo se coaccionaba el voto, sino que se hizo uso de recursos públicos y se violentó el principio de equidad en la contienda para favorecer a candidaturas afines a Morena.
El argumento del magistrado ponente Felipe de la Mata Pizaña fue que no presentaron pruebas suficientes para demostrar que los acordeones influyeron en el proceso, además de que la denuncia no indica “las circunstancias de modo, tiempo y lugar”.
El magistrado Felipe Fuentes Barrera fue más allá al señalar que como elementos de prueba solo se presentaron “tres capturas de pantalla de notas periodísticas, un video y cuatro enlaces electrónicos. La denuncia, argumentó, no incluyó referencias específicas sobre los hechos, no se señalaron fechas, no se señalaron lugares, ni personas responsables, ni se explicó cómo esos materiales habían influido en los procesos electorales”.
Pero el magistrado Reyes Mondragón consideró -en oposición a los argumentos anteriores- que el INE no debió haberle dejado toda la carga de la prueba al denunciante, sino que debía haber desplegado “mayores facultades de investigación y no solo quedarse en el nivel de investigación preliminar para desechar de plano la denuncia”.
El INE a diferencia de un ciudadano sí tiene facultades institucionales para hacerse de información, como pedirle al banco datos sobre el cheque mostrado en el periódico Reforma, en el que se indica el pago a servidores públicos.
“Un ciudadano o una asociación civil no tienen facultades para requerir a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores ni a un banco: el INE si las tiene”.
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Una investigación exhaustiva y diligente es lo que se hubiera esperado de la Unidad Técnica del INE, agregó. “El INE y la Unidad Técnica de lo contencioso electoral tienen amplias facultades legales para conducir investigaciones serias” pero el Instituto decidió no desplegarlas, concluyó.
¿Qué pasó con el Cuau?
En la sesión de este miércoles, también se confirmó la sentencia de la sala regional especializada que declaró que sí hubo violencia política de género por parte del exgobernador de Morelos, Cuauhtémoc Blanco, en contra de la exdiputada de Morena, Juanita Guerra.
También fue sancionado el exdirector general de logística del estado de Morelos, Arturo César Millán Torres.
La sala especializada había ordenado inscribir por un año y seis mes al exgobernador en el Registro Nacional de Personas sancionadas en materia de violencia política contra las mujeres en el INE.
La sanción se debe a que cuando era gobernador de Morelos, el exfutbolista impidió a Juanita Guerra el acceso al palco principal en un evento oficial, actos que el tribunal calificó como violencia por invisibilizar su participación política.