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  • 10 ABR 2025, Actualizado 08:37

Habrá Ley Seca en Magdalena Contreras el 8 y 9 de marzo: Estas son las multas por incumplimiento

La venta de alcohol estará prohibida en esta alcaldía durante la festividad de San José de los Dinamos

La Ley Seca será aplicada en la colonia Ataxco, dentro de la demarcación territorial de la alcaldía Magdalena Contreras.

La Ley Seca será aplicada en la colonia Ataxco, dentro de la demarcación territorial de la alcaldía Magdalena Contreras.

A través de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, se anunció la suspensión de actividades relacionadas con la venta de bebidas alcohólicas en la alcaldía Magdalena Contreras. La restricción estará vigente desde las 00:00 horas del sábado 8 de marzo hasta las 23:59 horas del domingo 9 de marzo de 2025, con motivo de la festividad de San José de los Dinamos.

¿En qué colonias aplicará la Ley Seca?

De acuerdo con las autoridades, la prohibición será aplicada en la colonia Ataxco, dentro de la demarcación de la alcaldía Magdalena Contreras. La restricción incluye todos los establecimientos que vendan bebidas alcohólicas, como:

  • Vinaterías
  • Tiendas de abarrotes
  • Supermercados
  • Tiendas de autoservicio
  • Tiendas departamentales
  • Comercios con permisos temporales
  • Servicios de venta a domicilio

¿De cuánto es la multa por violar la Ley Seca en CDMX?

Las sanciones por incumplir la Ley Seca están establecidas en el Título IX de la Ley de Establecimientos Mercantiles de la Ciudad de México.

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Si se detecta la venta de alcohol en lugares donde está prohibida, la autoridad puede asegurar el producto de inmediato y aplicar una multa conforme a los artículos 64, 65 y 66 de la legislación vigente, las cuales van de 351 a 2,500 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México.

En 2025 equivale a una sanción aproximadamente entre los $39,698.14 y $282,850 pesos.

Por otro lado, la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México sanciona el consumo de bebidas alcohólicas en espacios públicos con trabajo comunitario y una multa económica de entre 21 y 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Con el valor de la UMA en 2025:

  • Mínimo: $2,375.94 pesos.
  • Máximo: $3,394.20 pesos.

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