Ordena INE a Álvarez Máynez eliminar publicación
La Comisión de Quejas y denuncias consideró que la publicación del candidato presidencial de Movimiento Ciudadano en Guanajuato podría, preliminarmente configurar calumnia
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral, INE, resolvió por unanimidad de votos, dos medidas cautelares, una de ellas en contra del candidato de Movimiento Ciudadano, MC, Jorge Álvarez Máynez, una por la presunta difusión de contenido calumnioso
Luego de que Ricardo Sheffield, candidato a Senador por Morena presentó queja en contra de Álvarez Máynez por la difusión del promocional identificado como GUANAJUATO ROMPER en su versión para televisión, pues a decir del quejoso, se actualiza calumnia en su contra, al imputarse falsamente delitos de cara al proceso electoral en curso.
La Comisión resolvió que es procedente el dictado de la medida cautelar solicitada porque, bajo la apariencia del buen derecho, la expresión “...Sheffield, que ahora es de MORENA, robaba a manos llenas” a la luz de precedentes del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y de asuntos resueltos por la Comisión en sede cautelar, implican la presunta imputación de un delito en contra del denunciante y, en este contexto, no se puede considerar que se encuentre amparado por la libertad de expresión.
Se ordenó que en un plazo no mayor a tres horas, el denunciado elimine la publicación alojada en YouTube u otras plataformas bajo su control, MC y sustituya el material por uno genérico o de reserva y las concesionarias de televisión, en un plazo que no podrá exceder de 12 horas, suspender la difusión…
La otra medida está relacionada con la supuesta difusión de propaganda electoral en periodo prohibido, relacionada con la publicación de encuestas en diversos medios impresos, sin embargo, los consejeros electorales coincidieron que se trata de hechos consumados.
Un ciudadano denunció a las personas morales TResearch, Parametría, De las Heras Demotecnia, Kérsifos y Tag Research, por la publicación de encuestas o sondeos de opinión en los medios de comunicación impresos identificados como “Diario Plaza de Armas”, “La Jornada Zacatecas”, “El Sol de México”, “El Sol de León” y “Correo”, lo cual a decir del quejoso, podría constituir la difusión de propaganda electoral en periodo prohibido, pues se refieren a que la candidata presidencial de Morena, Claudia Sheinbaum encabeza las preferencias electorales frente al resto de los contendientes.
La Comisión resolvió que es improcedente el dictado de medidas cautelares, toda vez que el material denunciado fue impreso en octubre y noviembre de 2023, es decir, en fechas pasadas y, por tanto, se trata de actos consumados.