Diputada de MC propone que nuevos ministros de la Corte tengan 15 años de experiencia
También plantea que no sean militantes partidistas o leales al Ejecutivo
La senadora del partido Movimiento Ciudadano, Laura Ballesteros, propuso reformas a la Constitución para dejar claro que no podrán ser nombrados ministros de la Suprema Corte quienes no tengan un ejercicio comprobado de actividad jurídica de al menos 15 años, es decir, amplia experiencia en labores de justicia.
Para ser ministros no deben haber sido secretarios de Estado o Fiscal General, ni titular de un organismo administrativo descentralizado o desconcentrado, jefe o jefa del Servicio de Administración Tributario, comisionado o consejero de algún organismo autónomo.
Tampoco podrán aspirar a ser ministros, el gobernador o gobernadora del Banco de México, el titular o la titular de la Consejería Jurídica de la Presidencia, el titular de empresa de participación estatal mayoritaria, ni de empresa productiva del estado.
Esta limitante también aplica para candidatos o candidatas a otros puestos de elección popular, dirigentes de partidos, legisladores federales, magistrados electorales, gobernadores o gobernadoras, durante los cinco años previos al día del nombramiento.
La iniciativa establece que los nombramientos en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no deben estar sujetos a criterios políticos, sino apegarse a la norma nacional e internacional.
En clara alusión al recién nombramiento presidencial de Lenia Batres, la legisladora de MC fue contundente.
Se trata de reformas a los artículos 76, 95 y 96 de la Carta Magna, para establecer que, en el nombramiento de ministros, se tomen en cuenta los resultados de los foros ciudadanos de expertas y expertos en el tema judicial que deberán organizarse para el análisis y designación de los cargos como integrantes del Poder Judicial.
El nombramiento será producto de una terna que proponga el residente de la República
La designación se hará por el voto de dos terceras partes de los senadores presentes, dentro de un improrrogable plazo de 30 días y el proceso “se realizará hasta que sea designado por el Senado”.
Si la segunda terna que presente el Presidente es rechazada, tendrá que enviar un nuevo planteamiento, hasta que el ministro o ministra se elija por mayoría calificada.
Los integrantes de la segunda terna enviada por el Primer Mandatario no podrán ser los mismos ni las mismas que la primera terna previamente rechazada.