Suprema Corte rechaza amparo de Grupo Elektra y confirma pago de más de 33 mil mdp
La Suprema Corte de Justicia de la Nación revocó el amparo de Grupo Elektra y confirmó la resolución que obliga a la empresa a pagar 33 mil 306 millones de pesos en impuestos, tras resolver a favor de la Secretaría de Hacienda.

Incluso la SCJN negó el impedimento promovido por Grupo Salinas, para que la ministra Lenia Batres Guadarrama no participe en la resolución de los amparos
En su sesión de este jueves, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió por unanimidad el recurso 544/2024 presentado por la Secretaría de Hacienda y le dio la razón, con lo que revocó un acuerdo de la entonces presidenta de la Corte, Norma Lucía Piña, y desechó el amparo de Grupo Elektra.
Por lo anterior, queda firme la sentencia del tribunal colegiado que obliga a la empresa a pagar 33 mil 306 millones de pesos en impuestos.
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¿Por qué la Corte revocó el amparo de Grupo Elektra?
Lo anterior, porque los ministros resolvieron este jueves revocar la decisión de Norma Lucía Piña Hernández, para revisar el amparo que la empresa promovió contra el pago de dicha cantidad derivado del Impuesto Sobre la Renta (ISR), ya que no cumple con los requisitos de la ley para que sea revisado por el Alto Tribunal.
Al presentar el proyecto de sentencia, el ministro Arístides Guerrero García afirmó que no se debió admitir el amparo en revisión.
“Toda vez que, a pesar de que está involucrado un tema de constitucionalidad de normas generales, carece de excepcionalidad porque ya existen precedentes de esta Corte que resuelven las problemáticas que se encuentran planteadas. Derivado de lo anterior, es que se declara fundado el recurso de reclamación y se revoca la admisión y, en consecuencia, se desecha el amparo directo en revisión”.
— Arístides Guerrero García
Y es que la Secretaría de Hacienda tramitó un recurso de reclamación contra la admisión del amparo de Grupo Elektra, que acordó Piña Hernández.

Grupo Elektra deberá pagar 33 mil 306 millones de pesos en impuestos
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¿Qué otros recursos presentó la empresa?
En tanto, Hugo Aguilar Ortiz señaló que “como es del dominio público este asunto fue ampliamente litigado, en particular se promovieron 28 recursos, 13 recursos de reclamación, 3 solicitudes de facultad de atracción, dos conflictos competenciales”.
Asimismo, el alto tribunal negó el impedimento promovido por Grupo Salinas, para que la ministra Lenia Batres Guadarrama no participe en la resolución de los amparos directos que interpuso la empresa sobre sus créditos fiscales.
Por unanimidad de votos fue aprobado el proyecto del ministro Irving Espinosa Betanzo, quien consideró que las expresiones de la ministra en 2020 y 2021 fueron cuando aún no era parte del órgano jurisdiccional.

“No pueden someterse retroactivamente al deber de mesura judicial. Además, el proyecto estima que las publicaciones institucionales del año dos mil veinticinco, aun cuando mencionan a la parte quejosa, se limitan a transparentar el estado procesal de diversos asuntos, y no contienen juicios de valor, por lo que no constituyen prejuzgamiento ni enemistad manifiesta”.
— Irving Espinosa Betanzo
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¿Qué resolvió la Corte sobre los impedimentos contra ministras?
En cuanto al impedimento contra la ministra Yasmín Esquivel Mossa, propuso calificar como no legal el recurso planteado por Grupo Salinas sobre una falta de imparcialidad.
“Ninguna de las afirmaciones del promovente, supuesto alineamiento político, adelanto de criterio, participación en medios de comunicación o presión pública, está respaldada por elementos objetivos que permitan acreditar una apariencia razonable de pérdida de imparcialidad en los términos del artículo cincuenta y uno, fracción octava de la ley de amparo. Para el proyecto, se trata de de carácter subjetivo o conjeturas que, en ausencia de pruebas verificables, no justifican apartarla del conocimiento del asunto”.
— Yasmín Esquivel Mossa
Y es que Grupo Elektra, S.A.B. de C.V. promovió un recurso constitucional de impedimento en contra de las ministras Yasmín Esquivel Mossa y Lenia Batres Guadarrama, así como al entonces ministro Alberto Pérez Dayán, pues, a su consideración, existieron elementos para acreditar la pérdida de imparcialidad y la enemistad de las ministras y el ministro respecto del empresario Ricardo Salinas Pliego, por lo que deberían abstenerse de conocer de dos asuntos.



